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JUBILARSE CON 61 AÑOS • La jubilación a partir de los 61 años es posible mediante la modalidad de jubilación anticipada involuntaria, que sin embargo, no es posible para todos los trabadores, sino únicamente, para aquellos que hayan perdido su último trabajo por causas ajenas a su voluntad. Y no cualquier causa, sino únicamente las que se enumeran a continuación. • BLOG: https://www.laboroteca.es/jubilacion-... • VÍDEO REQUISITOS:    • JUBILACIÓN ANTICIPADA A LOS 61 AÑOS (...   • Es una modalidad de jubilación anticipada muy interesante, porque las penalizaciones sobre la pensión son inferiores a la jubilación anticipada voluntaria. • En el vídeo tenéis una comparativa parcial, pero si queréis ver las tablas de penalizaciones sobre la pensión de jubilación anticipada en todas las modalidades, podéis leer el artículo del blog que os he enlazado justo encima. • En síntesis, para acceder a la jubilación a los 61 años, o la edad que corresponda si se ha cotizado menos de los exigible, se tiene que demostrar que el último trabajo se extinguió por alguna de estas causas: • Despido colectivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. • Despido objetivo. • Extinción del contrato por resolución judicial en el marco de un concurso de acreedores. • Muerte, jubilación o incapacidad del empresario siempre que no haya sucesión de empresas (subrogación de trabajadores). • Extinción del contrato por fuerza mayor constatada por la autoridad laboral • Extinción del contrato por modificación de las condiciones laborales, movilidad geográfica o incumplimiento del empresario. • Extinción del contrato por voluntad de la trabajadora por ser víctima de la violencia de género. • Fuera de estas causas no es posible acceder a la jubilación anticipada involuntaria a partir de los 61 años. La ley no permite flexibilidad. • Por ejemplo, no es posible solicitar la jubilación anticipada involuntaria en caso de despido disciplinario improcedente, aunque sea un despido sin causa. • En estos casos, -cuando no es posible la jubilación involuntaria-, habría que plantearse solicitar la jubilación anticipada voluntaria, a partir de los 63 años, con más penalizaciones sobre la pensión.

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